El DUA (Documento Único Administrativo) es el
soporte papel de la declaración de importación o exportación ante las
autoridades aduaneras.
El Documento Único Administrativo (DUA) está
formado por un legajo de 8 ejemplares más un noveno de uso nacional que supone
la autorización para la retirada o embarque de las mercancías (“levante”),
utilizándose uno u otros según el tipo de operación que reflejen. Así, por
ejemplo, el DUA presentado para una declaración de importación usará los
ejemplares 6, 7, 8 y 9 del legajo; el DUA para exportación los ejemplares 1, 2,
3, 4 y 9, y el DUA para la inclusión de mercancías en el régimen de Tránsito
comunitario usará los ejemplares 1, 4, 5, 7 y 9.
Cada ejemplar tiene una función distinta. Así, por
ejemplo, y como más relevantes, los ejemplares 1 y 6 conforman el expediente de
exportación e importación juntamente con todos
los demás documentos anexos; los ejemplares 2 y 7
son para usos estadísticos; los ejemplares
3 y 8 son los del exportador e importador
respectivamente.
Existen, asimismo, formularios complementarios a
los principales para el caso de existir más de
una partida de orden en la declaración.
Para los soportes papel de las declaraciones de
importación y exportación enviadas por sistemas informáticos existen
formularios al efecto con el número de ejemplares reducido (8 y 9 y 3 y 9 para
importación y exportación respectivamente).
Actualmente, y previa solicitud ante las
autoridades aduaneras, para los documentos de Tránsito enviados por sistemas
informáticos, se permite la impresión del documento en folio normal, con las
condiciones técnicas de impresión descritas y conformes a la normativa al efecto
desarrollada (sistema NCTS).
Tramitación y obtención de documentos Únicos
Administrativos para exportaciones